Lo bueno, lo malo y lo feo de los impuestos a las transacciones bancarias

Keyword: 
Financial institutions
Taxes
Topic: 
Fiscal Policy - Public and Welfare Economics

Foro VoxEste artículo hace parte del Foro: Los impuestos como instrumentos de desarrollo

Un pequeño gravamen a las operaciones bancarias parece bastante inocuo y sencillo, pero puede resultar nocivo para la intermediación bancaria y para la eficiencia

Siete países latinoamericanos gravan las transacciones bancarias. Colombia y República Dominicana gravan los débitos bancarios; Argentina, Bolivia, Honduras y Perú aplican el impuesto a los débitos y/o créditos en las cuentas corrientes y otras operaciones del sistema financiero; y México grava solamente los depósitos en efectivo. Pero la historia es más larga, pues Brasil, Uruguay y Venezuela han tenido en el pasado impuestos a las transacciones bancarias. Incluso Chile aplicó un impuesto por un monto fijo a los cheques y giros de cajeros automáticos entre 1980 y 2008.

Para el gobierno, los impuestos bancarios s representan una oportunidad atractiva en el corto plazo: los que tienen que cobrarlo son los bancos, y rara vez enfrentan alguna oposición popular. Tienen la ventaja adicional de que gravan los negocios informales, e incluso a los ilegales. Se ha calculado que, en Colombia, aproximadamente uno de cada cinco pesos recaudados por este impuesto proviene de actividades ilegales. Si todo esto parece poco, este impuesto además contribuye a que la administración tributaria recabe información sobre los contribuyentes y detecte a los evasores, como ocurrió en Brasil y Perú. En México, el impuesto sobre los depósitos en efectivo, que se aplica con el objetivo de controlar el lavado de dinero, ha contribuido a contener la evasión fiscal, al facilitar auditorías y la actualización del registro de contribuyentes.

A pesar de sus aparentes virtudes, el impuesto a las transacciones bancarias es nocivo para la eficiencia económica, ya que propicia la desintermediación financiera, induce a las empresas a integrarse verticalmente (para internalizar transacciones que de otra forma serían gravadas) y lleva a encarecer la producción de bienes complejos, cuya producción requiere más etapas. Todos estos problemas se encuentran analizados en el informe reciente del BID, Recaudar No Basta: Los Impuestos como Instrumentos de Desarrollo.

El hecho de que la productividad del impuesto a las transacciones bancarias sea mucho menor cuando se establecen tasas altas y tienda a caer con el paso del tiempo, como se muestra en el gráfico 1, sugiere que los contribuyentes encuentran mecanismos para eludir el tributo y ello propicia una pérdida en la intermediación financiera.

Productividad al impuestos a las transacciones bancarias

Cuánta desintermediación financiera produzca el impuesto a las transacciones bancarias depende de múltiples factores no bien establecidos aún. Lo que sí está claro es que, independientemente del grado de desintermediación financiera causada, la intermediación perdida resulta muy difícil de recuperar aún con la eliminación del impuesto. La introducción del impuesto en Venezuela en 1994 propició la utilización de cuentas bancarias en el exterior y aumentó la circulación de billetes y monedas en un 20%, todo lo cual redujo en 8% la oferta monetaria ampliada.

Los efectos del impuesto a las transacciones bancarias tienen una dimensión distributiva perjudicial. Obviamente, el impuesto recae directamente sólo sobre quienes tienen acceso al sistema bancario, lo cual aparenta ser progresivo, ya que los pobres están excluidos usualmente de los servicios bancarios. Pero el impacto indirecto puede ser regresivo, debido a un efecto de “piramidación” que consiste en que un mismo individuo paga varias veces el impuesto al hacer varias transferencias entre sus propias cuentas para realizar una transacción. Suele ser el caso de los productores e intermediarios en la comercialización de alimentos (con costos que se trasladan al consumidor final). También suele ser el caso de las clases medias que tienen algunos servicios bancarios simples, tales como cuentas de ahorro y tarjetas de débito.

Algunos aspectos de diseño del impuesto pueden moderar sus efectos nocivos. Por ejemplo, se pueden eximir del impuesto las transferencias entre cuentas del mismo individuo en la misma entidad financiera o los depósitos de pagos de nómina o, inclusive, acreditarse al pago del impuesto a la renta. No obstante, estos paliativos no pueden evitar el principal problema del impuesto a las transacciones bancarias, como es su tendencia a la erosión, con las consecuencias implícitas sobre la intermediación financiera y la eficiencia. Por consiguiente, su uso sólo puede ser justificable como recurso excepcional de recaudación, en forma transitoria y con una baja alícuota.


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